1 CARÁCTER Y RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
1.1 PROPIEDAD Y CONTRATO DE ALQUILER
El arrendador, propietario de los bienes objeto del presente contrato, cede su uso y disfrute en perfecto estado de funcionamiento al arrendatario, que los recibe con entera conformidad y se compromete a salvaguardar el derecho de propiedad del arrendador, siempre y en todo caso, así como a no realizar actos de cesión, traspaso o subrogación, salvo con previo consentimiento por escrito de éste, corriendo por cuenta del arrendatario cuantos gastos se originen como consecuencia del incumplimiento de dichos compromisos.
1.2 SUSTITUCIÓN DE LAS MÁQUINAS
El arrendador, durante todo el tiempo de duración del contrato, y manteniendo los demás pactos convenidos, se reserva el derecho de sustituir las máquinas arrendadas por otras de similares características y con capacidad suficiente para realizar el trabajo concertado, siendo por su cuenta los gastos que dicha sustitución genere. Si la sustitución fuera a requerimiento del arrendatario, serán por su cuenta los gastos originados por el cambio.
1.3 RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
Desde el momento de su entrega, las máquinas y accesorios quedan fuera de la responsabilidad del arrendador, asumiendo el arrendatario todos los riesgos por su deterioro, pérdida total o parcial, cualquiera que sea la causa, incluso el robo, así como la responsabilidad por la totalidad de los daños y perjuicios, materiales y corporales, además de posibles infracciones económicas, multas por licencias, tasas u otros conceptos, que puedan ser causados por dicha maquinaria o con la misma y sus accesorios, durante la vigencia del contrato, dado que los bienes arrendados no están bajo el control del arrendador y hasta la devolución de la máquina y/o sus accesorios al arrendador. Aunque el arrendatario comunique la baja de la máquina seguirá siendo responsable hasta que se produzca la retirada de ésta, atendiendo siempre a esta obligación cuando el arrendador no pueda realizar la retirada por causas como horarios restringidos de camiones para el acceso al lugar de carga, falta de licencias para la carga/descarga que se atribuyen a la obligación del arrendatario, días no laborables salvo acuerdo firmado en contrato, por comunicación con tiempo insuficiente para la organización de la carga/descarga de la máquina y otras causas no imputables al arrendador. El arrendatario no podrá realizar reclamación o descuento por lucro cesante o similar.2 CONDICIONES ECONÓMICAS, OBJETO Y VIDA CONTRACTUAL
2.1 PRECIO, GASTOS E IMPUESTOS
El precio del alquiler y la forma de pago se aceptan libremente por las partes y constituyen un compromiso indisoluble e inalterable, de conformidad con las condiciones particulares, pactadas para una utilización máxima de ocho horas por día de trabajo, más las horas extraordinarias que excedan de dicho número facturadas al importe también convenido. Serán siempre por cuenta del arrendatario, y facturados por partidas independientes, los gastos de transporte, carga y descarga del material al comienzo y la finalización de contrato, así como el seguro y otros conceptos acordados, el IVA y los demás impuestos, nacionales, autonómicos y locales, correspondientes a todos los conceptos enumerados. Si fueran necesarias licencias, permisos, autorizaciones u otros para el acceso a urbanizaciones, calles, zonas, etc.., privadas, para la instalación o entrega de la máquina arrendada al cliente, éstos serán por cuenta del arrendatario tanto su gestión administrativa como si existiera un coste económico, en caso que no realizara estas gestiones y existiera una sanción, ésta será a cargo del arrendatario.
Explicación del funcionamiento de algunos de los CONCEPTOS FACTURABLES (Incluidos, pero no únicos en el contrato).
Se entiende y acuerdan las partes que los conceptos “Día laborable (concepto alquiler)” y “Día natural (concepto seguro), recogido en el apartado del contrato llamado DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO, su funcionamiento sea el siguiente:
Día laborable (concepto alquiler), serán facturables todos los días que la plataforma esté a disposición del cliente, excepto sábado, domingo o festivo estos días no se pueden utilizar, se recalca que se entienden como festivos sólo los festivos nacionales y de Comunidad Autónoma de Madrid.
El día laborable empezará a contar siempre, salvo acuerdo en contrario por las partes el cual debe estar reflejado por escrito en el contrato, a las 08:00 de la mañana, aunque la entrega se realice o se solicite para otra hora posterior, ya que se entiende que la máquina queda bloqueada y al servicio del cliente desde las 08:00 hasta la hora que el cliente haya solicitado la entrega, y finalizará a las 18:00 de ese mismo día.
Dentro de este horario (de 08:00 a 18:00) el cliente puede utilizar la plataforma como máximo 8 horas de trabajo.
Día natural (concepto seguro), serán facturables todos los días que la plataforma esté a la disposición del cliente entendiéndose éstos como los días que transcurran desde el día de la entrega de la plataforma hasta el día de la recogida de la plataforma (ambos inclusive).
El día natural empezará a contar siempre, salvo acuerdo en contrario por las partes el cual debe estar reflejado por escrito en el contrato, a las 08:00 de la mañana, aunque la entrega se realice o se solicite para otra hora posterior, ya que se entiende que la máquina queda bloqueada y al servicio del cliente desde las 08:00 hasta la hora que el cliente haya solicitado la entrega, y finalizará a las 18:00 de ese mismo día.
Común a los dos conceptos (Día laborable y Día natural).
No se podrán facturar fracciones de unidad/día, la facturación debe ser siempre por unidades/días completos y mínimo una unidad/día.
Se empezará a contar como una nueva unidad/día de alquiler o seguro a partir de las 08:00 horas, salvo se haya producido la comunicación de la baja del alquiler (con efectos de posible recogida inmediatos) en las condiciones que indica el punto 6.2 de las condiciones generales de este contrato.
La máquina no se podrá utilizar fuera del horario técnico contratado que es el que viene reflejado en el punto 3.8 del contrato, si el cliente la utilizara queda responsabilizado de todas las consecuencias derivadas de uso de la máquina (avería por motivos de la máquina, averías por un uso deficiente de la máquina, inmovilizaciones de la máquina de terceros o de cosas, accidentes u otras causas motivadas por su uso, aunque sean derivados por un mal funcionamiento de la máquina). Los contratos de alquiler que tengan como inicio un viernes o día víspera de festivo y si el cliente no tramita la baja según el punto 6.2 del contrato de alquiler, se facturará como día laborable el día de inicio de alquiler del contrato más el siguiente día laborable, como mínimo, y como día natural del día de inicio de alquiler hasta el día de recogida de la máquina, ambos incluidos, más otros conceptos consumidos como transportes, gestión de residuos, servicio de repostaje y otros.
2.2 ENTREGA, TRASLADO Y DEVOLUCIÓN
La máquina objeto del contrato será entregada y recogida por el arrendador en el lugar convenido por las partes, que se indica en el contrato como «Centro de entrega», la máquina se descargará (a la entrega) y cargará (a la recogida) en la dirección (calle, avenida, paseo,… y número) del Centro de entrega, a partir de ahí, el cliente, será el responsable de entrarla y posteriormente sacarla de la zona donde vaya a utilizarla, la máquina no podrá trasladarse a otra dirección diferente de la que aparece en el contrato de alquiler en «Centro de entrega», sin previa autorización escrita del arrendador, siendo por cuenta y riesgo del arrendatario todos los gastos que por dicho motivo se originen. Al final del arrendamiento, la maquinaria, equipo y/o accesorios serán devueltos al arrendador en el mismo lugar y condiciones en que fueron entregados, salvo el desgaste normal sufrido por el uso. Si el cliente no entregara la máquina en el mismo lugar que se la entregó el arrendador éste podrá repercutir los costes que se ocasionen para poder recoger la máquina, tales como, horas de trabajo, desplazamientos de personal, coste de transportes, horas de paralización de transportes y cualquier otro gasto que se ocasione. Queda obligado el arrendatario o persona que éste designe, a estar en el momento de la entrega y en momento de la retirada de la máquina, si no fuera así la entrega y/o retirada podrían ser abortadas y no poder producirse imputando los gastos que esto conlleva al arrendatario.
2.3 DURACIÓN Y RESOLUCION DEL CONTRATO
Las fechas convenidas de comienzo y final del contrato sólo podrán ser modificadas por acuerdo expreso entre las partes. No obstante, el contrato podrá resolverse unilateralmente por cualquiera de las dos partes como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones tipificadas para la otra en las Condiciones Particulares o en las Condiciones Generales, así como en el caso de suspensión de pagos o declaración de quiebra de una de dichas partes, garantizando si es posible y legalmente factible las obligaciones contraídas y no cumplidas, con el compromiso mutuo de facilitar la inmediata disponibilidad de los bienes.
2.4 FUNCIONAMIENTO DE LA FIANZA.
Se entiende, en este contrato, como “fianza” el depósito económico que realiza el arrendatario/cliente al arrendador que bajo éste nombre “€ Fianza” viene reflejado en las condiciones económicas del contrato de alquiler. Ésta fianza responderá ante cualquier obligación de pago que tenga el arrendatario a favor del arrendador, estas obligaciones y/o responsabilidades son las que se recogen en el clausulado de condiciones particulares y generales del presente contrato de alquiler y otras que puedan surgir o hayan surgido con anterioridad a consecuencia de la relación comercial del arrendador con el arrendatario o cliente. Como punto especial se distingue los sobrecostes por ampliación en los días de alquiler u otros servicios que se realicen al arrendatario y/o cliente que no estén recogidos en el contrato inicial, en este caso, el arrendador podrá decidir unilateralmente si
este nuevo coste lo deduce de la “fianza” o por el contrario solicita al arrendatario y/o cliente un nuevo aprovisionamiento.
La devolución de la fianza se realizará después de la liquidación del contrato, entendiéndose como liquidación del contrato el saldo resultante del cálculo de todos los días de alquiler, servicios, impuestos y otros conceptos que hayan surgido de la relación comercial con el arrendatario, esta liquidación se realizará una vez devuelta y revisada la máquina o plataforma elevadora.
3 OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
3.1 UTILIZACIÓN
Las máquinas, equipos y accesorios alquilados se destinarán única y exclusivamente para los fines que han sido contratados, y en el lugar de trabajo indicado, con absoluto sometimiento a las normas generales de seguridad y salud vigentes.
3.2 USOS VETADOS
Queda absolutamente prohibido utilizar las máquinas para empujar o remolcar cualquier otro equipo o maquinaria, así como elevar otras cargas que no sean las personas y sus herramientas manuales debidamente autorizadas por el fabricante y por el arrendador, rebasar o exceder la capacidad máxima de carga y sobrepasar o suplementar la altura de elevación indicadas en las condiciones particulares y en las placas de la máquina o en el manual de instrucciones. El arrendatario queda enterado que las plataformas elevadoras objeto de este alquiler no están matriculadas, excepto las plataformas sobre camión, por lo que queda prohibida su utilización por vía pública, además deberá cerciorarse si necesita algún permiso, licencia de ocupación o similar, el arrendatario conoce y acepta estas circunstancias haciéndose cargo de cualquier responsabilidad.
Se recuerda a los clientes que está prohibida la utilización de las máquinas fuera del horario en el que esté el servicio técnico operativo, horario que viene reflejado en el punto 3.8 del contrato de alquiler, siendo responsabilidad del cliente/arrendatario su uso fuera de este horario, se hace hincapié de que queda prohibida la utilización en horarios nocturnos, fines de semana, festivos, sábados, domingos y cualquier horario que quede fuera del horario de servicio técnico el cual se refleja en el punto 3.8 del contrato de alquiler.
3.3 PERSONAL
Es obligación del arrendatario emplear a personal debidamente formado, informado e instruido para el manejo de las máquinas, conociendo las operaciones relativas a su funcionamiento, mantenimiento y seguridad, así como el manual de instrucciones del fabricante y las recomendaciones del alquilador, comprometiéndose a no utilizar personas bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de narcóticos.
3.4 REVISIONES
Se revisarán, con la periodicidad prescrita en cada caso, diaria o semanal, las máquinas y sus accesorios, comprobando y manteniendo los elementos necesarios y convenientes, conforme a las indicaciones del fabricante y del alquilador, incluyendo la presión de aire recomendada para los neumáticos, si los tuviera. El tiempo destinado a dichas revisiones no dará lugar a descuento en el precio del alquiler.
3.5 MATERIALES DE MANTENIMIENTO
Serán por cuenta del arrendatario todos los lubricantes, aceites, grasas, ácidos, electrolitos, gastos por la tramitación de residuos, etc.…, necesarios para el mantenimiento y consumidos por la utilización normal de los equipos durante el período de alquiler, así como el completar los niveles de líquidos aconsejados por el fabricante o/y en el manual de instrucciones.
3.6 NEUMÁTICOS
El arrendatario reparará por su cuenta y a su cargo cualquier pinchazo o rotura de los neumáticos de la máquina producidos durante su utilización. El arrendatario queda igualmente obligado a costear, sustituir y reponer los neumáticos dañados por el personal de su empresa, debe sustituirse por un neumático con similar desgaste al entregado en el momento del alquiler, si no existiera esta posibilidad y se tuviera que montar nuevo no existirá compensación económica ni de otro aspecto por la diferencia del coste entre el usado y el nuevo.
3.7 LIMITACIÓN DE REPARAR
Exceptuando las revisiones y operaciones de mantenimiento que anteceden, citadas en los tres apartados anteriores, el arrendatario no podrá reparar, sustituir, desmontar o modificar el material alquilado sin la previa autorización escrita del arrendador, si aun así lo realizara deberá devolver el bien tal y como se le entregó en el comienzo del alquiler, si no lo realizara así, el coste económico del reacondicionamiento del bien a su estado original será a su cargo.
3.8 AVISO DE AVERIAS
El arrendatario deberá notificar al arrendador, dentro de las 2 horas siguientes de haberse producido cualquier avería o funcionamiento incorrecto del material alquilado, dejando inmediatamente de utilizar la máquina si fuera previsible, posible o probable un riesgo que entrañare peligro para la seguridad y la salud de las personas encargadas de la máquina o de terceras. El servicio técnico que incluye el precio del alquiler está disponible de lunes a viernes (excepto festivos nacionales y festivos de la Comunidad de Madrid) en horario de 09:00 a 18:00.
3.9 INSPECCIONES
El arrendatario permitirá al personal autorizado por el arrendador, en todo momento razonable, a realizar cuantas visitas de inspección o control sean precisas. Si la negativa infundada por el arrendatario pudiera dar lugar a un peligro para la seguridad de las personas, cosas o de la propia máquina (por deterioro, robo de partes o la totalidad, etc.…,), dicho incumplimiento contractual daría lugar a la resolución anticipada del contrato, prevista en el epígrafe 2.3 de las presentes Condiciones Generales de Contratación, en éste caso el arrendador estará en su derecho de no realizar la devolución de posibles depósitos, fianzas y/o ejecutar avales que hayan sido proporcionados por el arrendatario.
3.10 ACEPTO DE CONDICIONES DEL CONTRATO
La firma o acepto por cualquier medio de éste contrato y/u oferta relacionada y/o albarán de entrega y/o comunicación de acepto por correo electrónico, telefax, SMS, WhatsApp, u otro medio en el cual el cliente comunique su conformidad con la oferta o contrato de alquiler y/o el mero hecho de la utilización de la máquina por el arrendatario/cliente o persona que obre en su representación obliga al arrendatario/cliente a aceptar las condiciones generales, particulares y económicas del presente contrato aunque no haya estampado su firma y/o sello en el propio documento contractual.
4 OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR
4.1 REPARACIONES
El arrendador se obliga a reparar, con la mayor rapidez posible, las averías notificadas en tiempo y forma (por escrito) por el arrendatario, de conformidad con el epígrafe 3.8 de estas Condiciones Generales de Contratación, que se produzcan como consecuencia inmediata de los desgastes por el uso normal de material arrendado. En relación con tales reparaciones, mientas las mismas tengan una duración inferior a veinticuatro horas, se estimarán como mantenimiento normal de la maquinaria, sin derecho a deducción alguna del precio del arriendo. Si en opinión del arrendador, tal operación pudiera superar dicho plazo desde el momento de la identificación in situ de la avería, o bien no fuera aconsejable realizar la reparación en ese momento y/o en ese lugar, sustituirá el material averiado, en la medida de lo posible, por otro de la misma capacidad y especificaciones generales, o si el arrendatario lo ve conveniente, de mayor capacidad y mejores especificaciones generales. La imposibilidad de sustituir momentáneamente alguno de los elementos arrendados, no dará por si misma lugar a la resolución del contrato, pero en ese caso se reducirá proporcionalmente la renta por el tiempo tardado durante la sustitución del elemento averiado, exceptuando las primeras veinticuatro horas desde la hora del aviso de reparación.
4.2 MATERIALES
El arrendador facilitará al arrendatario todos los materiales de mantenimientos necesarios y convenientes para el adecuado funcionamiento de las máquinas, cuyo importe será por cuenta del arrendatario, de conformidad con el epígrafe 3.5 de estas Condiciones Generales.
4.3 FUERZA MAYOR
El arrendador no tendrá responsabilidades para con el arrendatario/cliente de acuerdo a este contrato si se le impide, o se produce un retraso a la hora de cumplir con sus obligaciones o llevar a cabo su negocio debido a actos, sucesos, supresiones o incidentes más allá de un control razonable, incluyéndose en esta salvedad (sin restricción) huelgas, fallo en un servicio público o red de transportes, desastres naturales, guerra, revuelta, conmoción civil, daño intencional, enfermedad o restricciones de cuarentena de acuerdo con cualquier ley, regla, regulación o directriz gubernamental vigente, además de accidentes, fuego, inundación, tormenta, o falta de proveedores y/o subcontratas.
La obligación del arrendador para cumplir con sus obligaciones se suspenderá durante el espacio de tiempo requerido para solucionar dichos casos de fuerza mayor. El arrendador notificará al arrendatario/cliente tan pronto le sea posible, sobre la situación de fuerza mayor y propondrá una solución alternativa adecuada (en caso de haberla).
5 SEGUROS
5.1 ARRENDADOR
La máquina objeto de este contrato de alquiler está amparada por una póliza de responsabilidad civil suscrita por el arrendador, ésta póliza cubre los posibles accidentes ocasionados por una avería de la máquina, pero no cubre los siniestros ocasionados por el manejo erróneo, impericia o manejo deficiente del arrendatario, tampoco cubre pérdida del bien por robo, hurto o similar. En las condiciones particulares se acordará el porcentaje con el que se ve ampliado el precio del alquiler el cual deberá abonar el arrendatario.
5.2 ARRENDATARIO
El arrendatario deberá establecer por su cuenta y a su cargo los oportunos seguros de daños a la máquina, sus accesorios y complementos, cubriendo todas las responsabilidades y riesgos durante el tiempo de duración del contrato, de conformidad con lo estipulado en el epígrafe 1.3 de las presentes Condiciones Generales, figurando como beneficiario el arrendador en la parte correspondiente al valor de los bienes arrendados, sin perjuicio de otras coberturas que puedan acordarse en las Condiciones Particulares.
6 DIVERSAS CUESTIONES A TENER EN CUENTA
6.1 RECEPCION DE LA MAQUINA
El firmante de éste contrato, bien por medio de la firma de un albarán de entrega o bien por medio de la firma de éste contrato u otro documento similar, reconoce haber recibido la máquina en condiciones óptimas para su uso, también reconoce comprender perfectamente el manejo y buen funcionamiento de la máquina, en éste acto recibe el Manual de seguridad y manejo de la plataforma.
6.2 TRAMITACION DE BAJAS
Para tramitar la baja o paralización del período de alquiler de la máquina el arrendatario deberá comunicarlo a la oficina del arrendador por un medio en el cual quede constancia escrita (correo electrónico, telefax), teniendo en cuenta que la comunicación de esta baja debe realizarse de Lunes a Jueves (no vísperas de festivo) antes de las 17:00 horas y los Viernes o víspera de festivos antes de las 16:00 horas del último día de alquiler. Si el aviso de baja no se realiza en estas condiciones el arrendador no se responsabiliza de los gastos derivados.
7 JURISDICCIÓN
7.1 DOMICILIO DE LA JURISDICCION
Para cuantas cuestiones e incidencias puedan derivarse del incumplimiento e interpretación de este contrato, ambas partes con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten a la competencia y jurisdicción de los juzgados y tribunales del domicilio del arrendador de forma voluntaria.
CONDICIONES PARTICULARES DE CONTRATACIÓN
Carburante no incluido, en caso de consumo el carburante se facturará a 2,00 €/LITRO.
El precio incluye la explicación del manejo «básico» de funcionamiento de la plataforma proporcionado por el conductor del transporte con una duración aproximada de 10 minutos, para una mayor información o formación sobre el manejo y funcionamiento solicitar valoración económica.
El arrendatario, como usuario, declara haber recibido de total conformidad, en perfecto uso y funcionamiento la plataforma alquilada. Las reservas de las plataformas serán efectivas siempre que se realice el pago anticipadamente y sólo para el día de inicio de alquiler que se refleja en el contrato. Si hubiera una anulación de una reserva se cobrará mínimo 1 (un) día laborable + 1 (un) día natural.
En prueba de conformidad, el arrendador y el arrendatario, representados por las personas indicadas, que declaran tener facultades suficientes, formaliza el presente CONTRATO DE ALQUILER de objeto (alquiler de plataforma elevadora y/o equipo) descritos, con arreglo a las condiciones particulares que anteceden y a las condiciones generales de contratación que figuran como ANEXO I al dorso de este contrato, firmándolo por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha reflejados.
*EL arrendatario está obligado a comunicar la baja definitiva de la máquina por mail a: comercial@elevarteplataformas.com
El transporte realizará la entrega y/o recogida con camión rampa con descarga al suelo, si fuera necesaria otro tipo de descarga/carga (en muelle, con grúa, etc.), siempre consultar.